Castilla-La Mancha pretendía que el Gobierno murciano asumiera la gestión de la cuenca interna desde Cartagena hasta Águilas
La segregación habría supuesto que más de una cuarta parte de la Región dejara de depender del Segura, afectando al Trasvase del Tajo
El fallo señala que la división habría tenido una repercusión grave para el interés general
La cuenca del Segura no quedará troceada. El Tribunal Supremo ha rechazado las pretensiones del anterior Gobierno de Castilla-La Mancha para que gran parte de la demarcación hidrográfica -el Campo de Cartagena, Mazarrón y Águilas- se segregara como cuenca interna y fuera transferida a la Comunidad Autónoma. Si el expresidente castellanomanchego José María Barreda hubiera conseguido su propósito, se habría reducido en casi una cuarta parte la extensión de la cuenca del Segura, con repercusiones directas en el volumen de agua que se trasvasa desde el Tajo para los regadíos, ya que la cuenca interna situada entre el puerto de la Cadena y la franja costera carece de río y de recursos propios. Pasaría a depender casi exclusivamente de la desalinización.
La sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo apunta en la dirección de que hay que mantener la unidad de cuenca y de que la segregación territorial en este caso habría tenido «una grave repercusión para el interés general» y «espantaría la salvaguarda del medio ambiente». Añade que la ley estatal no obliga a las comunidades autónomas a asumir el control de la cuencas internas. Este fallo también tiene repercusiones en el Júcar y sus cuencas internas -zonas próximas al litoral-, toda vez que la Generalitat Valenciana ha litigado con Castilla-La Mancha por el mismo motivo, ya que el Ejecutivo de Barreda apostó por desligar del Júcar territorios del Vinalopó, y consiguientemente las demandas de agua de la zona.
Cuencas deficitarias
El Gobierno murciano y el valenciano han rechazado reiteradamente las competencias sobre sus respectivas cuencas internas por el carácter deficitario de las demarcaciones del Júcar y del Segura y la dependencia que tienen de recursos externos y extraordinarios, sobre todo la segunda. La estrategia de Castilla-La Mancha iba encaminada también a ganar representatividad política y social en los órganos de gobierno de ambas confederaciones: cuanto menor fuera el territorio murciano, alicantino o valenciano adscrito, mayor peso tendría Castilla-La Mancha.
Es fácil imaginarse de qué forma habría quedado dividida la Región de Murcia si la Comunidad Autónoma se hubiera visto obligada a asumir la cuenca intracomunitaria que gira en torno a las ramblas del Albujón y las Moreras, entre otras: a un lado quedaría la vertiente norte dominada por el río Segura, desde Albacete y Jaén hasta el Puerto de la Cadena, con recursos propios aunque limitados. De otro lado, una cuenca interna sin río y dependiente de pozos y desalinizadoras. Este territorio aglutina las mayores producciones agrícolas del sureste y tiene una alta dependencia del Trasvase Tajo-Segura, sobre todo la Comunidad de Regantes del Campo de Cartagena.
Si esta división se tradujera en volúmenes de agua, baste decir que representa más de un tercio de los consumos totales de la cuenca del Segura.
Cuencas 'intracomunitarias'
El Gobierno de Castilla-La Mancha recurrió el real decreto de 2007 que fijaba el ámbito territorial de las nuevas demarcaciones hidrográficas aduciendo que el Estado no podía tener competencias sobre las cuencas intracomunitarias, lo cual significaba que debían ser gestionadas por los gobiernos regionales y quedar fuera de la tutela del Ministerio de Medio Ambiente. Sobre la base de esta propuesta, Castilla-La Mancha habría tenido que asumir la cuenca endorreica de Agramón (sin salida al mar), dependiente de los recursos del Segura.
El tribunal ha atendido la posición de los gobiernos de Murcia y la Comunidad Valenciana, así como del Sindicato Central de Regantes del Trasvase Tajo-Segura, que adujeron falta de legitimidad de Castilla-La Mancha. El presidente de los regantes, José Manuel Claver, señala que la demarcación hidrográfica solo se revisará cuando las comunidades autónomas de Murcia y Valencia decidan asumir de forma efectiva las competencias sobre sus cuencas internas, y se efectúe entonces el correspondiente traspaso de servicios. Añade que carece de sentido fragmentar la gestión de las demarcaciones del Segura y del Júcar y que los gobiernos de Ramón Luis Valcárcel y Alberto Fabra no tienen el ejercicio efectivo de las cuencas internas.
Los magistrados sostienen que toda cuenca intracomunitaria «queda provisionalmente adscrita a la demarcación hidrográfica cuyo territorio esté incluido en el ámbito territorial de la Confederación a la que pertenezca la cuenca, con repercusión en los planes hidrológicos».
Asimismo, apuntan a que si se hubiera fragmentado la demarcación se habría resentido la racionalidad del sistema, «no sólo creando los indicados vacíos en la gestión de los recursos hídricos con grave repercusión para el interés general, sino también introduciendo una suerte de tajante escisión que bloquearía la gestión del agua y sometía a la misma a una suerte de lenta descomposición. En este contexto, se impediría el cumplimiento de los objetivos de defensa y protección de un recurso natural indispensable para la vida, se bloquearía su función como instrumento de progreso y avance en determinados territorios y, en fin, espantaría su propósito de salvaguarda del medio ambiente y de la calidad de vida».